Investigación Especial
Por Lic. Alberto González Káram

• Cuantiosa derrama de recursos federales y financieros por 2 billones 815 mil 256 millones de pesos equivalente a 11.26 por ciento de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) en el ejercicio fiscal del 2020

• Decálogo financiero de acciones aprobadas hasta por 750 mil millones de pesos que equivalen a un crecimiento del 3.0 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB)

La Declaratoria Sanitaria de la Fase 3 de la Pandemia del Coronavirus (COVID-19), se inicia con la preparación de la planeación y programación de la reactivación económica y social de México orientada a beneficiar 88.9 millones de mexicanos, misma que se lleva a cabo mediante el Programa Emergente para el Bienestar y el Empleo, y el Décalogo Financiero que cuentan con una cuantiosa derrama de recursos federales y financieros por 2 billones 815 mil 256 millones de pesos equivalente a 11.26 por ciento de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) en el ejercicio fiscal del 2020.

En la orientación de recursos federales se destina el mayor monto por 603 mil 700 millones de pesos en beneficio de la totalidad de micros, pequeñas y medianas empresas formales e informales, destacando los apoyos federales para 1 millón de empresarios formales que son solidarios con sus trabajadores, 1 millón para los informales y 1 millón para trabajadores en construcción de viviendas que reactivan la mano de obra local.

Los apoyos destinados a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a los hogares que han visto una reducción transitoria de sus fuentes de ingreso, se llevarán a cabo mediante un decálogo financiero de acciones aprobadas para el funcionamiento del sistema financiero hasta por 750 mil millones de pesos que equivalen a un crecimiento del 3.0 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) del 2020.

Es importante destacar que dicho decálogo financiero de acciones es adicional al Programa Emergente para el Bienestar y el Empleo resultando una cuantiosa derrama de recursos por 2 billones 815 mil 256 millones de pesos equivalente a 11.26 por ciento de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) en el ejercicio fiscal del 2020.

En la publicación de mi investigación especial denominada Esterilizar Pandemia del 25 de marzo del 2020, señalé que mis alumnas y alumnos de la materia de Economía Internacional I de la Carrera de Licenciatura en Economía recibieron mis enseñanzas sobre los instrumentos, herramientas, formulas, teorías, teoremas y resultados de las aplicaciones de las operaciones de esterilización que permiten impedir los desequilibrios de pagos y provoquen efectos sobre la oferta monetaria.

La esterilización del déficit consiste en la compra de bonos del gobierno en el mercado abierto o reducir los requerimientos de reserva, mientras que la esterilización del superávit se orienta a vender títulos del gobierno, al aumentar las tasas de descuento o aumentar los requerimientos de reserva.

Es importante destacar que las operaciones de esterilización tienen un límite para continuar esterilizando un déficit crónico que se ubica en el agotamiento de sus activos de reservas internacionales; y la esterilización del superávit crónico se ubica en el momento que el monto de activos de reservas internacionales es igual a la oferta monetaria nacional en la etapa de emergencia por la pandemia.

Las medidas adicionales están orientadas a proveer liquidez para mejorar el funcionamiento de los mercados internos; fortalecer los canales de otorgamiento de crédito en la economía; y promover el comportamiento ordenado de los mercados de deuda y de cambios de nuestro país.

La primera acción consiste en incrementar la liquidez durante los horarios de operación para facilitar el óptimo funcionamiento de los mercados financieros y los sistemas de pagos, a fin de que el exceso de liquidez sea esterilizado en su totalidad diariamente al cierre de los mercados.

En la segunda acción se llevará a cabo la ampliación de los títulos elegibles para la Facilidad de Liquidez Adicional Ordinaria (FLAO) de las operaciones de coberturas cambiarias y operaciones de crédito en dólares, lo que permitirá facilitar la obtención de recursos líquidos que puedan ser canalizados al otorgamiento de crédito sin debilitar la posición de liquidez de las instituciones de crédito.

La tercera acción consiste en la ampliación de contrapartes elegibles para Facilidad de Liquidez Adicional Ordinaria (FLAO) que permitirán a las instituciones de la banca de desarrollo obtener liquidez de créditos garantizados o reportos, a fin de ser canalizados para proyectos productivos en beneficio de nuestro país.

En la cuarta acción se procederá a operar la ventanilla de reporto de valores gubernamentales a plazo por 100 mil millones de pesos para proporcionar liquidez a instituciones financieras tenedoras de deuda gubernamental, sin necesidad de enajenar sus títulos bajo condiciones de alta volatilidad en los mercados financieros y aprovechar el bajo costo del reporto de 1.02 veces el promedio de la tasa de interés interbancaria a un día.

La quinta acción consiste en la ventanilla de intercambio temporal de garantías por 100 mil millones de pesos para facilitar el intercambio de títulos de deuda y proporcionar liquidez a instrumentos bursátiles que se encuentran sujetos a las condiciones de incertidumbre y volatilidad en el mercado secundario.

En la sexta acción por un monto de 100 mil millones de pesos se orienta a la Facilidad de Reporto de Títulos Corporativos (FRTC) de instituciones de crédito para proporcionar liquidez a los certificados bursátiles y deuda corporativa de largo plazo en el mercado secundario que serán emitidos por instituciones no financieras del sector privado con residencia en México y obtenidos a bajo costo del reporto de 1.10 veces la tasa de interés interbancaria a un día.

La séptima acción consiste en la provisión de recursos a instituciones bancarias por 250 mil millones de pesos para canalizar crédito a micro, pequeñas y medianas empresas y a personas físicas afectadas por la pandemia, a través de la banca múltiple y de desarrollo de la cuenta de Depósito de Regulación Monetaria (DRM) para proporcionar financiamiento a plazo de entre 18 y 24 meses, con un bajo costo igual a la tasa de interés interbancaria a un día.

En la octava acción se otorgará la facilidad de financiamiento a instituciones de banca múltiple garantizada con créditos a corporativos para el financiamiento de la micro, pequeña y mediana empresa afectada en sus ingresos hasta por un monto de 100 mil millones de pesos a plazo de entre 18 y 24 meses, con un costo igual al objetivo para la tasa de interés interbancaria a un día.

La novena acción consiste en la permuta de valores gubernamentales hasta por 100 mil millones de pesos para propiciar un correcto funcionamiento del mercado de deuda de títulos de largo plazo a partir de 10 años y entregará otros con plazo al vencimiento de hasta 3 años.

En la décima acción se llevarán a cabo las coberturas cambiarias liquidables por diferencia en dólares de Estados Unidos con contrapartes no domiciliadas en el país para poder operar en los horarios que los mercados nacionales están cerrados, facilitando particularmente las transacciones durante las sesiones de Asia y Europa, y mantener una adecuada administración de los riesgos aplicando las mejores prácticas para la operación de garantías cambiarias.

El decálogo de medidas entrarán en vigor hasta el 30 de septiembre de 2020, mientras se mantiene un monitoreo permanente de la evolución de los mercados financieros en nuestro país y se evaluará continuamente sus condiciones de operación, siendo aplicadas las acciones anteriores al empezar a reabrir las micros, medianas y pequeñas empresas que habrán de incorporar a sus trabajadores como creando nuevos empleos directos e indirectos, lo cual se puede alcanzar con la reapertura económica trilateral al acelerar la puesta en vigor del Tratado Comercial México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) para recuperar nuestra primera posición como el mercado con mayor volumen y valor económico a nivel mundial.