Por Agustin Peña Cruz | Noticiaspc.com.mx

Monterrey, NL.- En una decisión que marca un precedente importante en el ámbito electoral del estado de Tamaulipas, la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha determinado la invalidez de la coalición “Fuerza y Corazón por Tamaulipas”, conformada por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD). La decisión se basa en la falta de presentación de documentos necesarios ante el Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM), lo que incumple con los requisitos establecidos para participar en la elección local.

En este sentido, la presidenta magistrada del Tribunal Electoral, Claudia Valle Aguilasocho, ha sido enfática al señalar que la competencia para la organización y administración de las elecciones recae exclusivamente en el Instituto Nacional Electoral y los organismos públicos electorales locales.

Resaltó en su ponencia que los tribunales electorales tienen la función ordinaria de revisar la legalidad y, en algunos casos, la constitucionalidad de los actos de las autoridades administrativas.

Valle Aguilasocho expresó su postura diferenciada con respecto al tratamiento de la ley, destacando que ésta debe completar una actuación eminentemente administrativa.

Además, enfatizó que la autorización de un convenio de coalición, por disposición legal expresa, corresponde a la autoridad administrativa electoral competente, en este caso, el Instituto Electoral de Tamaulipas.

La decisión del TEPJF se basa en que el Tribunal Electoral de Tamaulipas no detectó las irregularidades en el proceso de inscripción de la alianza, a pesar de la denuncia realizada por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).

Por lo que, la presidenta magistrada criticó que el tribunal no buscara regularizar el procedimiento de manera adecuada, sino que simplemente validará la presentación de los documentos requeridos sin otorgar un plazo para subsanar las deficiencias.

El proyecto de sentencia del juicio SM-JRC-25/2024 fue modificado y aprobado por las magistradas Valle Aguilasocho y Elena Ponce Aguilar, así como por el magistrado Ernesto Camacho Ochoa.

La Sala Monterrey ha notificado al IETAM y ha otorgado un plazo de 24 horas para que los partidos de la coalición presenten la documentación correcta, que incluye actas de las asambleas partidistas que permitieron la alianza política.

Con ello, la decisión del TEPJF representa un llamado a la observancia rigurosa de los requisitos legales para la participación en procesos electorales, así como una defensa del principio de certeza y legalidad en el ámbito electoral.

Fuente:

TEPJF; https://www.te.gob.mx/front3/publicSessions/detail/185225/2